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Topar con la Iglesia

En España se goza de libertad, se practica la tolerancia y la democracia rige nuestra convivencia pacífica de acuerdo a lo establecido en la Constitución y un ordenamiento jurídico que conforman, como armazón legal, el Estado social y democrático de Derecho que nos hemos dotado. Al menos, formalmente. En la práctica, otros poderes –que no se rigen con democracia– ejercen su influencia sobre las libertades que gozan los españoles, intentando que el ejercicio de las mismas no invada sus ámbitos de actuación, resten privilegios o cuestionen prerrogativas mantenidos por tradición en quienes sienten como una amenaza esos derechos reconocidos en la Constitución.



Y aunque estén previstos mecanismos jurídicos para dirimir cualquier colisión entre derechos constitucionales –que suelen hacer prevalecer la libertad de expresión y manifestación, indispensables para la buena salud democrática de la sociedad, sobre otros en determinadas circunstancias– a veces ésta ha de supeditarse al interés particular de los que consideran una afrenta o falta de respeto a sus sentimientos y creencias el ejercicio de la libertad. Me refiero, naturalmente, a las religiones. Y concretamente: la Católica.

Topar con la iglesia (de cualquier religión) es chocar contra un muro macizo poco reacio a dejarse reformar por “modernidades” legales o sociales, por muy democráticas que sean. Un muro anclado durante siglos para dividir la sociedad entre adeptos y descarriados. Por eso continúa pretendiendo, en contra de lo establecido en nuestro marco legal, mantener intacta aquella tutela moral sobre la vida civil que imponía en otras épocas, en las que los ciudadanos eran considerados menores de edad y había que guiarlos por la senda libre de pecado. Y es que la Iglesia católica en España, todavía hoy, no acaba de asumir plenamente el ámbito privado al que debe circunscribirse, sin inmiscuirse en asuntos que corresponden al Estado, sobre todo si éste se declara constitucionalmente “no confesional”, como el nuestro.

Sin embargo, la iglesia, como todas, persiste en considerarse en posesión de la Verdad absoluta, adquirida además por revelación, no por deducción racional y confirmación científica. Cuestionarla es poner en duda Su verdad y atentar contra lo que considera incuestionable: su absoluto convencimiento en un dios sobrenatural y todopoderoso, creador de todo lo existente, al que hay que deber obediencia y mostrar sumisión mediante el acatamiento de unas normas que, como no podía ser de otra manera, esa iglesia administra y controla de manera exclusiva. Quien no viva y piense de acuerdo a tales normas o mandamientos, máxime si osa manifestarlos en público, se convierte en hereje y lo que opina es tachado de blasfemia. Y no me parece mal: allá ella con sus normas y su jerga.

Lo malo e inaceptable es que la iglesia pretenda hacer comulgar Su moral a la totalidad de la sociedad, incluyendo a los no creyentes. Que pretenda extender su ámbito particular, en el que las creencias son abrazadas, para abarcar al conjunto de la población, intentando conformarla no sólo espiritualmente, sino también materialmente, impidiendo y condenando conductas, actos y libertades plenamente aceptados y permitidos por las leyes que estructuran la vida civil, es inaceptable y sumamente peligroso. Incluso que crea que el ordenamiento legal deba adecuarse a sus criterios morales y tenga que preservarla en una singularidad de privilegios (financiación estatal, exenciones fiscales, adoctrinamiento obligatorio a través de la educación, rituales religiosos en actos institucionales, etc.) incompatibles con un Estado civil, no confesional y democrático.

Sería trasnochado que en una Sociedad así, tan democrática, libre y tolerante como en la que creemos convivir, las leyes defendieran una creencia particular en contra de derechos constitucionales reconocidos a la totalidad de los ciudadanos, sin distinción. Que contemplara como delito la blasfemia por expresar opiniones contrarias a una iglesia y sus privilegios, y por ello pudiera juzgarse y castigarse a la persona que pregona sus ideas –con palabras, actos o manifestaciones– públicamente, al menos tan públicamente como se tolera que esa iglesia organice sus ritos y practique el adoctrinamiento sirviéndose de la tradición (costumbres) y la educación; eso sí, con financiación pública. Y que tal “condena” desautorice e inhabilite una futura participación en la vida civil –no eclesiástica– de cualquier ciudadano –no feligrés–.

Ello es, sin embargo, lo que exactamente la Fiscalía (órgano del Estado encargado en velar por la legalidad) ha solicitado para una joven concejal del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, a la que imputa, pidiendo un año de cárcel, por violar los artículos 523 y 524 del Código Penal, que castigan la profanación en ofensa de sentimientos religiosos. Y todo por entrar en una capilla ubicada en la Universidad Complutense y corear consignas sexuales y malsonantes (para las mentes púdicas), de manera pacífica, hace cuatro años.

Resulta comprensible que la Iglesia piense que tales actos ofenden el sentimiento religioso de sus fieles (están acostumbrados a pensar y creer en cosas irracionales), pero que el Estado y las leyes contemplen como delito penal la blasfemia y la ofensa de algo tan intangible como es el “sentimiento religioso”, no es aceptable en una democracia, en la que el derecho a la libertad de expresión ha de prevalecer sobre el derecho a creer lo que cada uno quiera: un dios, los ovnis, etc.

Puede ser comprensible que la Iglesia, como organización de fieles, no tolere ni consienta tales manifestaciones porque no sólo son contrarias a Su moral (que hacen a la mujer dependiente del hombre), sino sobre todo porque cuestionan el lugar preponderante que ocupa en ámbitos que no le corresponden, como son la Universidad y, en general, toda la enseñanza pública española, donde se imparte como asignatura obligatoria la religión (católica, por supuesto).

No es de recibo esa protección legal que el Estado dispensa a una creencia hasta el extremo de amparar privilegios religiosos que van contra derechos y libertades reconocidos por la Constitución. Ni tampoco es aceptable que un lugar destinado al culto esté ubicado en el recinto de una Universidad, dedicado, se supone, a la razón. Son contradicciones que han de resolverse para adecuar nuestro sistema de convivencia, basado en la libertad, la tolerancia y la democracia, a la realidad del país.

Y, fundamentalmente, para no caer en fanatismos y actitudes dogmáticas a las que son proclives las tendencias religiosas, como se comprueba, desgraciadamente, en otros lares y por parte de otras religiones, tan intransigentes e intolerantes como la que se profesa en nuestro país. Permitir que la escala de valores morales de una determinada religión –cualquiera– prevalezca sobre valores cívicos (derechos y libertades de los ciudadanos) recogidos en nuestra Carta Magna, es supeditar la Constitución al Derecho Canónico, que castiga la “profanación” con la excomunión. ¿Pretenderá el ministerio Fiscal “excomulgar” a la concejal madrileña de las instituciones civiles?

Ni el matrimonio religioso es sagrado (como pone en evidencia el creciente número de divorcios) ni ningún precepto religioso es superior al derecho ciudadano a la libertad. No tener esto presente ni protegerlo con la ley sería dar rienda suelta a los fanáticos que son capaces de llegar al asesinato para imponer sus creencias y doctrinas. Antes de salir con pancartas para afirmar que “Je suis Charlie”, deberíamos prevenir y evitar las actitudes intransigentes de quienes se consideran intermediarios de un dios y se creen en posesión de la Verdad única, absoluta e incontestable, que todos han de acatar. Deberíamos restringir el “sentimiento religioso” al ámbito particular del individuo y no en la esfera pública de la colectividad. Por mucho que se sientan ofendidos.

DANIEL GUERRERO
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